La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó este jueves diversos amparos y recursos promovidos por Grupo Salinas, del empresario Ricardo Salinas Pliego, por lo que este deberá pagar sus adeudos fiscales al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Los anuncios de las resoluciones ante los varios recursos impuestos por Elektra, fueron discutidos en una sesión pública, además de compartidos por la ministra de la SCJN, Lenia Batres Guadarrama.
Los asuntos, para los que se decidió este día, son 33/2024, 1/2025, 547/2025 y 544/2024, mientras que los amparos que se revisaron fueron 566/2025, 5608/2025, 6321/2024, 5145/2025, 5731/2025 y 5654/2024.
En sesión del Pleno, respecto del asunto 33/2024, la Corte resolvió que no son legales los impedimentos planteados por Grupo Elektra para conocer del amparo directo en revisión 6321/2024, relacionado con un crédito fiscal de $33,306,476,349, correspondiente al ejercicio 2013 por concepto de Impuesto Sobre la Renta.
Respecto del asunto 1/2025, la SCJN resolvió desechar el impedimento planteado por Grupo Elektra para conocer del amparo directo en revisión 6321/2024, relacionado con un crédito fiscal de $33,306,476,349, correspondiente al ejercicio 2013 por concepto de ISR.
Con relación al amparo directo en revisión 5654/2024, el Pleno determinó desechar la revisión en amparo promovida por Grupo Elektra. En consecuencia, queda firme el crédito fiscal impuesto por el SAT, por un monto de $1,431,466,606 correspondiente al ejercicio fiscal 2008, por concepto de ISR.
Para este asunto, la ministra Batres recuerda que fue declarada impedida por la “extinta primera sala”, por lo que se abstuvo de participar.
El Antecedente citado para esta resolución es que en 2016 el SAT determinó a Grupo Elektra un crédito fiscal por $1,431,466,606 por concepto de ISR, al detectar que en 2008 declaró de manera indebida una perdida fiscal derivada de la venta de acciones de empresas de su mismo grupo, con el objeto de generar un beneficio fiscal fraudulento.
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