La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció un nuevo estándar de protección para el periodismo y la comunicación comunitaria en México, al reconocer la importancia de la libertad de expresión en las radios comunitarias y revocar la sanción impuesta a Élfego Riveros Hernández, referente histórico de Radio Teocelo, por una acusación de violencia política contra las mujeres en razón de género.
La resolución representa un triunfo para Élfego Riveros y para Radio Teocelo, considerada la radio comunitaria más antigua de México, pero también para las y los comunicadores comunitarios del país.
En su sentencia, la Sala Superior retomó criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que reconoce a las radios comunitarias como vehículos para materializar el derecho a la participación en la vida comunitaria, la identidad cultural y el derecho colectivo de los pueblos y comunidades a expresarse con voz propia.
El Tribunal estableció que, cuando un caso involucra a un medio comunitario, cualquier efecto de disuasión o inhibición de la libertad de expresión puede resultar particularmente significativo, debido al papel que estos medios desempeñan en sus comunidades. Por ello, advirtió que no pueden ser juzgados de la misma manera que otros medios, pues una sanción puede afectar su credibilidad, sus redes de colaboración y su relación con la población.
La Sala también sostuvo que el uso indiscriminado de la figura de violencia política contra las mujeres en razón de género puede generar un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión y la participación en el debate público. En este caso, determinó que cuestionar posibles vínculos familiares o actos de nepotismo relacionados con una candidatura constituye, en principio, un asunto de interés público protegido por la libertad de expresión y no se convierte automáticamente en violencia política por razón de género porque la persona señalada sea mujer.
El fallo constituye una herramienta para periodistas y comunicadores frente a posibles intentos de utilizar procedimientos sancionadores para silenciar expresiones de interés público. La resolución también representa un reconocimiento a quienes sostuvieron durante meses este proceso, pese a las dificultades de un sistema con plazos reducidos y recursos limitados para la defensa de los derechos humanos.
“Defender la palabra es defender la autonomía”, señala el pronunciamiento, que agradece a medios de comunicación, especialistas y organizaciones que acompañaron el proceso.
Para quienes ejercen la comunicación comunitaria, el fallo marca un precedente fundamental: proteger su voz es también proteger la participación, la identidad y la autonomía de las comunidades.
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