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La Minuta

No prescribe tortura perpetrada por policías durante el desalojo de Atenco: SCJN

By 5 diciembre, 2019 Sin Comentarios Etiquetas: ,

Los casos de tortura perpetrados por policías durante el desalojo de ejidatarios de San Salvador Atenco, estado de México, en mayo de 2006 no pueden declararse prescritos, debido a que de acuerdo con la jurisprudencia y los tratados internacionales firmados por México, la investigación de los crímenes de lesa humanidad no puede expirar hasta encontrar a los culpables. Así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al negar un amparo a Baltazar Nateras Nava, policía del estado de México acusado de cometer tortura sexual contra una de las participantes en las protestas contra la construcción de un aeropuerto en esa zona. La represión ejercida por la Policía Federal y agentes de la Secretaría de Seguridad estatal dejó un saldo de dos personas muertas y más de 200 detenidas, muchas de las cuales denunciaron haber sido objeto de tortura sexual. Por unanimidad y sin discusión alguna, la propuesta fue aprobada por los ministros de la primera sala. Cabe recordar que hace un año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) publico su sentencia en la que se declaró al Estado mexicano responsable por la tortura sexual infringida contra mujeres por los actos de represión en San Salvador Atenco.

No prescriben delitos graves perpetrados en el desalojo de Atenco, determina la SCJN. Sentencia de la CoIDH: CASO MUJERES VÍCTIMAS DE TORTURA SEXUAL EN ATENCO VS. MÉXICO (pdf, 145 pág.). Leer también: Relata víctima de tortura en Atenco viacrucis para alcanzar justicia. Contexto: Caso Atenco: Gobierno de AMLO debe cumplir la sentencia de la CoIDH por tortura sexual y Gobierno morenista de Ecatepec nombra como director de Seguridad a responsable de represión en Atenco

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