En 2007, la Ciudad de México se convirtió en la primera entidad del país en reconocer el derecho a “despenalizar” la interrupción del embarazo durante las primeras doce semanas de gestación. A casi dos décadas, no obstante los significativos avances en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas con capacidad para gestar, el acceso a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), aún enfrenta obstáculos para ser garantizado plenamente.
Hoy, en el marco del 28S “Día de acción global por el acceso al aborto legal y seguro”, es preciso seguir visibilizándolo como una cuestión de derechos humanos no únicamente de mujeres adultas sino también para las adolescencias.
El tema adquiere especial relevancia porque si hablar de aborto resulta ya controvertido, entre otros factores, por la opresión histórica de las mujeres, que ha condicionado su autonomía y les ha impuesto mandatos sobre sus cuerpos, proyectos de vida y capacidad para tomar decisiones, reconocer al aborto como un derecho de las personas adolescentes añade (más) prejuicios. Entre estos, encontramos ideas adultocéntricas como, por ejemplo, que debido a su edad, no son capaces de tomar decisiones, no saben lo que quieren o requieren que otras personas tomen decisiones en su lugar, especialmente en lo que concierne a sus cuerpos y su sexualidad.
Lo anterior, además de obstaculizar el ejercicio efectivo del derecho, se materializa en diferentes tipos de violencias. Una de ellas es la violencia en contra de los derechos reproductivos, que aunque está reconocida en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, se omite a nivel nacional en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias.
Es preciso señalar que la violencia contra los derechos reproductivos, según la ley aplicable a la Ciudad de México, incluye toda acción u omisión que limite o vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y voluntariamente sobre su función reproductiva, incluyendo lo relativo al acceso a métodos anticonceptivos de su elección, a una maternidad elegida y segura, así como a servicios de aborto seguro en el marco previsto por la ley para la interrupción legal del embarazo.
Ahora bien, este tipo de violencia se acentúa cuando se trata de adolescencias. Se materializa en barreras para el ejercicio pleno, al desconocerles capacidad de agencia y, al mismo tiempo, no ofrecerles información veraz; restricciones que son contrarias a lo que establece la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (2014). Esta legislación reconoce su derecho a la salud, a la integridad personal, a la educación y a que tengan la información adecuada para su desarrollo integral, fomentando la autonomía progresiva.
Se trata pues, de un derecho que busca garantizar que niñas, niños y adolescencias accedan a información real y basada en hechos científicos, a fin de que puedan tomar decisiones informadas y que éstas sean propias.
Por ello, la falta de reconocimiento legal expreso y la inaplicación práctica de los derechos, contribuye a la desinformación y a limitar la autodeterminación de niñas y adolescentes, fundamental en las distintas dinámicas que enfrentan, particularmente cuando intentan acceder a los servicios de salud sexual y reproductiva. Leer el artículo completo en el primer enlace.
Alma delfina Ojeda Santiago, Verónica Guadalupe Morales Velasco, Gretell Ximena Aquino Chávez El derecho de las adolescencias a decidir sobre sus cuerpos | Animal Político |Conversatorio Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro | La Minuta Tras litigios de colectivas feministas, el IMSS garantizará aborto seguro a afiliadas en Oaxaca y otras 24 entidades – EDUCA | Recomendaciones si vas a cubrir las protestas | Fotografía Artículo 19
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