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La Minuta

Suprema Corte ampara a rarámuris, tumba concesiones de agua a mineras en Chihuahua

La Suprema Corte de Justicia anuló cuatro títulos de concesión de uso industrial de agua obtenidos en 2016 por las mineras El Fresnillo y Coeur Mexicana, al establecer que era necesaria una consulta previa a una comunidad rarámuri que se beneficia de aguas de la cuenca del Río Fuerte.

Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte concedió el amparo a la comunidad indígena el Trigo, en el Municipio de Uruachi, en contra de los títulos de concesión, así como del decreto del Ejecutivo federal que, en septiembre de 2016, eliminó parcialmente la veda que existía desde 1948 para otorgar concesiones en la Subregión Hidrológica Río Fuerte, que nace en Chihuahua y desemboca en Sinaloa.

“En caso de que las autoridades responsables emitan un nuevo decreto en el que se eliminen las vedas y se establezcan zonas de reserva de agua de la Subregión Hidrológica Río Fuerte, de la Región Hidrológica número 10 Sinaloa, previo a su emisión, deberán consultar a la comunidad indígena quejosa, así como a las demás aledañas que puedan sufrir una afectación”, ordenó la Corte.

“Asimismo, deberán consultar a las comunidades indígenas antes del otorgamiento de cualquier título de concesión para el uso, explotación y aprovechamiento de las aguas que constituyen la Subregión Hidrológica Río Fuerte”.

Las concesiones anuladas autorizan a las mineras para obtener 270 mil metros cúbicos de agua almacenada en presas de los municipios de Chínipas y Guadalupe y Calvo, ambos en Chihuahua, así como 250 mil metros cúbicos anuales de aguas superficiales del Río Fuerte.

En primera instancia, una jueza federal de Chihuahua había desechado el amparo por considerar que el decreto que eliminó la veda no tenía efectos en el territorio de la comunidad. “Del análisis del expediente se advierte que existe material probatorio suficiente para acreditar que la comunidad quejosa es beneficiaria de los servicios ambientales y el área de influencia de la Subregión Hidrológica Río Fuerte, que pudiera verse afectada con los efectos generados por el Decreto reclamado”, replicó la Corte.

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