La Secretaría de Economía del Gobierno federal presentó un recurso de revisión contra la sentencia que ordenó dejar sin efecto 44 concesiones mineras en Wirikuta y consultar al pueblo wixárika antes de una eventual nueva autorización. La impugnación, documentada por Astrolabio este 26 de octubre, abre una nueva etapa judicial en la disputa por el territorio sagrado del Altiplano potosino.
El recurso fue promovido el 28 de septiembre mediante un escrito de la Coordinación de lo Contencioso de la dependencia federal, según la documentación citada por ese medio. Se dirige contra la resolución del 11 de marzo de 2026 dictada por el Juzgado Cuarto de Distrito en el juicio de amparo 819/2011. Que exista una impugnación no significa que el tribunal revisor ya haya revocado la protección otorgada.
En marzo, el juzgado concedió el amparo al pueblo wixárika y dispuso que las autoridades mineras dejaran insubsistentes los 44 títulos señalados. La sentencia también estableció que, si la autoridad consideraba viable expedir nuevamente concesiones sobre terrenos de los que se beneficia la comunidad, debía realizar antes una consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe.
La Secretaría de Economía sostiene en su recurso que la expedición de los títulos ocurrió cuando el área aún no tenía la protección ambiental actual y cuestiona que se haya demostrado una afectación directa a los derechos del pueblo indígena. También invoca la propiedad nacional de los recursos del subsuelo y las atribuciones federales para regular la minería. Estos argumentos corresponden a la posición jurídica del Gobierno, no a hechos ya aceptados por el órgano que revisará el caso.
El conflicto enfrenta dos interpretaciones de los derechos en juego: la facultad del Estado para conceder aprovechamientos mineros y la obligación de proteger la relación territorial, cultural y espiritual que el pueblo wixárika reclama respecto de Wirikuta. El fallo de primera instancia dio peso al derecho a la consulta; el recurso busca modificar ese resultado.
Hasta la información disponible esta mañana, no se ha difundido una resolución definitiva del recurso. Queda por establecer qué tribunal conocerá de la revisión, qué efectos procesales tendrá sobre el cumplimiento de la sentencia y cómo se garantizará la participación de las comunidades involucradas. La controversia no debe presentarse como una autorización nueva para explotar minerales ni como una cancelación judicial ya firme.
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